Normativa

Objetivos de la AMHH

La Asociación Madrileña de Hematología y Hemoterapia (A.M.H.H.) se constituye en una asociación de carácter científico, y sin ánimo de lucro.

Su actividad principal es cooperar en el progreso científico y técnico de la Hematología y la hemoterapia y a defender los intereses propios de la especialidad y de sus socios, siendo su ámbito de actuación es en la Comunidad Autónoma de Madrid.

La sede oficial es la c/ Aravaca nº 12 1º b.

Se rige por unos estatutos, en base a los cuáles ha sido elegida su Junta Directiva.

Estatutos de la AMHH

CAPÍTULO I. DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO, ÁMBITO Y RELACIONES.

ARTÍCULO 1º.- Denominación.

Con la denominación de Asociación Madrileña de Hematología y Hemoterapia (AMHH) se constituye una asociación de carácter científico y sin ánimo de lucro, al amparo del artículo 22 de la Constitución, que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, por sus normas de desarrollo y por los Estatutos asociativos vigentes.

La AMHH tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para administrar y disponer de sus bienes y cumplir los fines que se propone.

ARTÍCULO 2º.- Fines.
ARTÍCULO 3º.- Actividades.
ARTÍCULO 4º.- Domicilio, ámbito y relaciones.

CAPÍTULO II. ÓRGANOS DE LA ASOCIACIÓN

ARTÍCULO 5º.- Órganos de gobierno y representación de la Asociación.

Los órganos de gobierno y representación de la AMHH son, respectivamente, la Asamblea General y la Junta Directiva.

CAPÍTULO III. ASAMBLEA GENERAL

ARTÍCULO 6º.- Naturaleza.

La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y estará integrada por todos los asociados.

ARTÍCULO 7º.- Reuniones.
ARTÍCULO 8º.- Convocatorias.
ARTÍCULO 9º.- Quorum de validez de constitución y quorum de adopción de acuerdos.
ARTÍCULO 10º.- Contenido mínimo de la Asamblea General Ordinaria.
ARTÍCULO 11º.- Acuerdos de la Asamblea General que requieren mayoría cualificada.

CAPÍTULO IV. JUNTA DIRECTIVA

ARTÍCULO 12º.- Naturaleza y composición.

La Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la Asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Estará formada por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario, un Tesorero y cinco Vocales, cuatro de los cuales representarán a cada una de las áreas de la Hematología, y otro a los Médicos Internos Residentes y postgraduados jóvenes.

Todos los asociados que opten a formar parte de la Junta Directiva serán elegidos por votación de los miembros de la AMHH, con derecho a voto, en la Asamblea General, mediante sufragio universal, libre, directo y secreto. Serán declaradas integrantes electas de pleno derecho de la Junta Directiva las candidaturas individuales que, para cada cargo, obtengan respectivamente mayor cantidad de votos.

Los integrantes de la Junta Directiva no percibirán remuneración por el desempeño de su cargo.

Todos los cargos de la Junta Directiva tendrán la obligación de pertenecer al Patronato de la Fundación Madrileña de Hematología y Hemoterapia.

ARTÍCULO 13º.- Procedimiento para la elección.
ARTÍCULO 14º.- Duración de los cargos y cese.
ARTÍCULO 15º.- Reuniones, quorum de constitución y adopción de acuerdos.
ARTÍCULO 16º.- Funciones de la Junta Directiva y naturaleza de sus acuerdos.
ARTÍCULO 17º.- El Presidente.
ARTÍCULO 18º.- Los Vicepresidentes.
ARTÍCULO 19º.- El Secretario General.
ARTÍCULO 20º.- El Tesorero.
ARTÍCULO 21º.- Los Vocales.

CAPÍTULO V. EL COMITÉ ASESOR

Artículo 22º.- Naturaleza y ámbito de actuación.

El Comité Asesor es un órgano consultivo de la Junta Directiva de la Asociación, compuesto por todos y cada uno de los Jefes de Servicio de Hematología y Hemoterapia de los Hospitales de la red pública de la Comunidad de Madrid, o en quien ellos deleguen. En cualquier caso, para formar parte del Comité Asesor se deberá tener la condición de miembro de la Asociación.

Su función es asesorar a la Junta Directiva y efectuar propuestas para ser sometidas a deliberación y decisión de dicho órgano de representación, teniendo presente la concepción de la Especialidad de Hematología y Hemoterapia en su integridad como disciplina científico-asistencial, y garantizando su debido funcionamiento y desarrollo.

CAPÍTULO VI. DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN

ARTÍCULO 23º.- Requisitos para asociarse.

La AMHH reunirá a cualquier médico especialista en Hematología y Hemoterapia, que ejerza su profesión en el ámbito de la Comunidad de Madrid, y que esté interesado en colaborar con los objetivos de la Asociación.

Asimismo, la Asociación agrupará a los postgraduados en formación como Residentes de Hematología y Hemoterapia en los Centros hospitalarios de nuestra Comunidad, y a aquellos profesionales no Hematólogos que, a causa de su interés por la Hematología, así lo soliciten y sean avalados en el modo descrito en el artículo siguiente.

ARTÍCULO 24º.- Clases de asociados.
ARTÍCULO 25º.- Nombramientos honoríficos.
ARTÍCULO 26º.- Causas de pérdida de la condición de asociado.
ARTÍCULO 27º.- Derechos de los asociados.
ARTÍCULO 28º.- Deberes de los asociados.

CAPÍTULO VII. RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN, CONTABILIDAD Y DOCUMENTACIÓN

ARTÍCULO 29º.- Obligaciones documentales y contables.

La Asociación dispondrá de una relación actualizada de personas asociadas. Asimismo, llevará una contabilidad donde quedará reflejada la imagen fiel del patrimonio, los resultados, la situación financiera de la entidad y las actividades realizadas. También dispondrá de un inventario actualizado de sus bienes.

En un Libro de Actas figurarán las correspondientes a las reuniones que celebren sus órganos de gobierno y representación.

ARTÍCULO 30º.- Recursos económicos.
ARTÍCULO 31º.- Patrimonio inicial y cierre de ejercicio.
ARTÍCULO 32º.- Cuotas y cuentas de la Asociación.

CAPÍTULO VIII. REUNIONES CIENTÍFICAS

ARTÍCULO 33º.- Celebración de reuniones científicas.

Se celebrará, al menos una vez al año, una reunión de la AMHH a partir de la constitución oficial.

Las reuniones estarán numeradas correlativamente, y la fecha aproximada de celebración, lugar y contenido, deberán ser decididos por acuerdo de la Asamblea General, encargándose de su organización uno ó más asociados, en contacto con la Junta Directiva, a través de su Presidente.

ARTÍCULO 34º.- Otros actos científicos.

CAPÍTULO IX. DE LOS COLABORADORES Y EMPLEADOS DE LA ASOCIACION

ARTÍCULO 35º.- Contratación de colaboradores y empleados.

La Junta Directiva contratará, cuando lo estime necesario, a aquellos colaboradores y empleados que estime oportuno para la buena marcha de la AMHH, y fijará sus derechos y retribuciones con sujeción a la legislación vigente, y de acuerdo a lo pactado por ambas partes.

CAPÍTULO X. DE LA AYUDA ENTRE SUS MIEMBROS

ARTÍCULO 36º.- Apoyo a los asociados.

La AMHH colaborará en el apoyo a cualquiera de sus miembros ante los diversos problemas que pudieran derivarse del ejercicio de la Especialidad de Hematología y Hemoterapia.

CAPÍTULO XI. DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN

ARTÍCULO 37º.- Acuerdo de disolución.

La Asociación Madrileña de Hematología y Hemoterapia solo podrá disolverse:

  • Por voluntad de los asociados expresada mediante acuerdo de la Asamblea General. El acuerdo de disolución se adoptará por la Asamblea General Extraordinaria, convocada al efecto, por mayoría de 2/3 de los asociados.

  • Por imposibilidad de cumplir los fines previstos en los Estatutos apreciada por acuerdo de la Asamblea General.

  • Por sentencia judicial.

ARTÍCULO 38º.- Comisión Liquidadora.

Disposición adicional

En todo cuanto no se encuentre previsto en los presentes Estatutos, se aplicará la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, así como sus disposiciones complementarias.

Dª. Pilar Ricard Andrés, Secretaria de la Asociación Madrileña de Hematología y Hemoterapia da fe, que los presentes estatutos, son copia exacta de los depositados en el Registrado de asociaciones de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 10 de Mayo de 2010
La Secretaria de la AMHH

Reglamento de Grupos de Trabajo

Composición

Para la creación de un nuevo grupo de trabajo será necesario la solicitud por escrito a la Junta Directiva de la AMMH por un mínimo de 4 socios de la asociación. El listado de miembros activos se obtendrá cuando se necesite de la página web de la AMHH y estará conformada por los socios de la AMHH que tengan activada la casilla correspondiente a cada uno de los grupo de trabajo.

Nombre del grupo

Deberá ser apropiado a la tarea a realizar.

Estructura

  1. Deberá redactar sus objetivos que deberán ser aprobados por la Junta Directiva de la AMHH.

  2. Cada grupo debe contar con un coordinador elegido democraticamente entre sus miembros, los grupos tambien pueden contar con la figura de un secretario. Los cargos deberán renovarse cada 2 años, no pudiendo ser reelegidos para el mismo cargo. Cada renovación deberá comunicarse a la Secretaria de la AMHH para su actualización en la página web.

  3. Se reunirán con la frecuencia necesaria o cuando el coordinador o la mitad de sus miembros lo requieran, mínimo una vez al año. Debiendo remitir una memoria de la actividad del grupo a la secretaria de la AMHH dos meses antes de la fecha de la reunión anual.

  4. Podrán constituirse grupos de expertos para estudios concretos cuando dicho comité lo considere.

  5. El coordinador o cualquiera de sus miembros podrán ser propuestos como interlocutores de la Asociación de Hematología- Hemoterapia de Madrid, en el ámbito que la Junta Directiva considere.

  6. Cualquier cambio en las normas o en su composición deberá ser comunicado y aprobado por la AMHH.

  7. La gestión de recursos económicos estará incluida en la Tesorería de la AMHH.

  8. La actividad del grupo deberá ajustarse a los objetivos para los que fue creado y evitará entrar en el ambito de actuación de otros grupos.

Funciones

  1. Realizar los objetivos para los que fue creado.

  2. Sus decisiones serán consensuadas y en todo caso tomadas por mayoría.

  3. Informar de sus actividades y propuestas a la AMHH.

  4. Participar en comisiones Autonómicas cuando así se les requiera la Junta Directiva de la AMHH.

Disolución del Grupo

Cesarán cuando ellos lo requieran a la Junta Directiva de la AMHH o cuando dicha Junta lo considere previa votación interna.

Reglamento de Congresos

I. OBJETIVOS

La Asociación Madrileña de Hematología (AMHH) tiene entre sus objetivos colaborar al progreso científico y técnico de la especialidad y promover la actualización y mejora profesional de sus socios, mediante la realización de actividades científicas. En consonancia con ello se debe llevar a cabo un Congreso Anual de la especialidad que favorezca el encuentro y participación del mayor número de hematólogos de nuestra Comunidad y promueva asimismo la asistencia de hematólogos de fuera de la Comunidad de Madrid. Este Congreso debe cumplir los siguientes objetivos:

  • Revisión y actualización de aspectos científicos de la especialidad en todas sus áreas: Clínica Hematológica, Laboratorio y Diagnóstico biológico, Hemostasia y Trombosis y Medicina Transfusional. Para ello el Congreso deberá ofrecer en su programa simposios de las distintas áreas de la especialidad.

  • Presentación de propuestas de trabajo y actualización de resultados de los Grupos de Trabajo que se vayan constituyendo dentro de la AMHH.

  • Analizar aspectos laborales y organizativos que afectan a la especialidad de Hematología y Hemoterapia, con especial referencia a la Comunidad Autónoma de Madrid.

  • Durante la celebración del Congreso tendrá también lugar la Asamblea General Ordinaria y las votaciones para renovación de cargos, cuando corresponda.

II. ORGANIZACIÓN DEL CONGRESO
III. LUGAR, FECHA, DURACIÓN Y ORGANIZACIÓN TÉCNICA
IV.PROGRAMA DE LOS CONGRESOS: DISTRIBUCIÓN Y CARACTERÍSTICAS GENERALES
V. PRESIDENTE DEL COMITÉ CIENTÍFICO.
VI. COMITÉ CIENTIFICO: MIEMBROS Y FUNCIONES
VII. PARTICIPACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA EN LOS CONGRESOS
VIII. ACTIVIDAD SOCIAL
IX. HONORARIOS
X. GESTION ECONOMICA DEL CONGRESO.

Aval Científico

NORMAS PARA SOLICITUD AVAL CIENTÍFICO de la AMHH

Objetivo: garantizar la calidad científica del programa formativo, proyecto o iniciativa científica para el cual se solicita el reconocimiento.

Pueden recibir el Aval Científico de la AMHH las siguientes actividades:

  • Eventos científicos: congresos, jornadas, cursos, seminarios, talleres, reuniones y simposios cuyos contenidos estén directamente relacionados con el ámbito de la Hematología y Hemoterapia
  • Libros y otras publicaciones científicas
  • Documentos de consenso y guías diagnóstico-terapéuticas
  • Documentos divulgativos: folletos, recomendaciones, dípticos
  • Actividades online

 

Normas para la solicitud del aval:

  • Contactar con la Secretaría Técnica de la AMHH
  • Debe adjuntarse la documentación necesaria para poder realizar la evaluación de la actividad, es decir el programa y el responsable científico de la actividad
  • Solicitud al menos con 1-2 meses de antelación de la fecha prevista de la actividad
  • Se declinará el aval de reuniones o publicaciones cuyo objetivo principal sea la promoción comercial de fármacos o de cualquier otro producto comercial
  • Se priorizará aquellas actividades con participación de hematólogos de distintos centros

 

Coste del aval científico: La tramitación de la solicitud de aval implica la aportación de una compensación económica para la AMHH.

  • Actividad promovida por miembros de la AMHH, que no cuente con financiación por parte de la industria, grupos cooperativos de investigación de la AMHH, organismos o instituciones con fines benéficos o asociaciones de pacientes. Se evaluará siguiendo los criterios en el baremo y si los cumple, la concesión del aval no tendrá ningún coste
  • Actividad promovida por investigadores o grupos de trabajo no pertenecientes a la AMHH, aunque haya participación de hematólogos.
    • Importe por concesión 600 € (IVA no incluido).
    • Inclusión en Web de la AMHH 300 € (IVA no incluido).
    • Envio de información a los socios 600 € (IVA no incluido).
  • Actividad promovida (propuesto o financiada) por una entidad privada o por la industria farmacéutica.
    • Importe por concesión 1.000 € (IVA no incluido).
    • Inclusión en Web de la AMHH 500 € (IVA no incluido).
    • Envio de información a los socios 1.500 € (IVA no incluido).

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